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160/2022-CAConcedeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

Las participaciones federales no pueden ser afectadas por compensación con motivo de un adeudo derivado de créditos fiscales, en virtud de que la Ley de Coordinación Fiscal no lo permite.

Expediente
160/2022-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
15 mar 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

Las participaciones federales no pueden ser afectadas por compensación con motivo de un adeudo derivado de créditos fiscales, en virtud de que la Ley de Coordinación Fiscal no lo permite.

Resumen

El presente caso aborda la legalidad de un oficio que afectaba las participaciones federales de un Estado. La Suprema Corte determinó que dicho oficio era ilegal, ya que la Ley de Coordinación Fiscal no faculta a las autoridades a afectar dichas participaciones por concepto de compensación de adeudos derivados de créditos fiscales. Se enfatiza que la autoridad carece de facultades para realizar dicha afectación, al no encontrarse en los supuestos previstos en el artículo 9 de la Ley de Coordinación Fiscal, lo que constituye una indebida fundamentación del acto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.