Las Administraciones Locales Jurídicas del Servicio de Administración Tributaria están legitimadas para interponer el recurso de revisión fiscal en representación de las Administraciones Locales de Auditoría Fiscal demandadas en el juicio de nulidad, al ser las unidades administrativas encargadas de la defensa jurídica de estas últimas.
El presente criterio establece la legitimación de las Administraciones Locales Jurídicas del SAT para interponer el recurso de revisión fiscal. Esto se fundamenta en el artículo 24, fracción III, del Reglamento Interior del SAT, que las designa como responsables de la defensa jurídica de diversas autoridades, incluidas las Administraciones Locales de Auditoría Fiscal. Por lo tanto, en virtud del artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, estas administraciones jurídicas pueden actuar en representación de las administraciones de auditoría fiscal cuando estas últimas son demandadas en un juicio de nulidad.
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