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SJF · Tesis

La aceptación de una concesión que se rige por una ley específica, la cual faculta al Ejecutivo para su cancelación inmediata, implica la renuncia tácita a la garantía de audiencia en dicho procedimiento.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1957
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La aceptación de una concesión que se rige por una ley específica, la cual faculta al Ejecutivo para su cancelación inmediata, implica la renuncia tácita a la garantía de audiencia en dicho procedimiento.

Resumen

El criterio establece que cuando una concesión otorgada por el Estado se rige por una ley determinada que prevé la cancelación de la misma por el Ejecutivo, el concesionario, al aceptar dicha concesión, se somete a ese procedimiento. Por lo tanto, no puede alegar la violación de la garantía de audiencia si la cancelación se realiza conforme a lo establecido en la ley aplicable.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.