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5919/2024SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La terminación de nombramientos de servidores públicos, como los agentes del Ministerio Público, peritos y miembros de instituciones policiales, opera por el simple transcurso del término establecido en el nombramiento, justificando la separación sin responsabilidad para el Estado ni para el elemento de seguridad pública.

Expediente
5919/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
25 sep 2024
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La terminación de nombramientos de servidores públicos, como los agentes del Ministerio Público, peritos y miembros de instituciones policiales, opera por el simple transcurso del término establecido en el nombramiento, justificando la separación sin responsabilidad para el Estado ni para el elemento de seguridad pública.

Resumen

El Pleno en Materia Administrativa del Tercer Circuito interpretó el artículo 123, Apartado B, Base General Segunda, de la Constitución Federal, determinando que el servicio profesional de carrera para personal ministerial y elementos operativos de seguridad pública concluye, entre otras causas, por la terminación de su nombramiento. Esta terminación opera por el simple transcurso del término establecido en el nombramiento, lo cual justifica la separación sin responsabilidad para el Estado ni para el elemento de seguridad pública.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.