El Presupuesto de Egresos de la Federación, en cuanto a las asignaciones presupuestarias específicas contenidas en sus anexos, no constituye una norma general susceptible de ser analizada a través de la acción de inconstitucionalidad, al carecer de las características de abstracción e impersonalidad requeridas para ello.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió sobreseer una acción de inconstitucionalidad promovida contra el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022. La acción impugnaba diversas asignaciones presupuestarias específicas, argumentando violaciones a derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, así como al principio de progresividad. Sin embargo, el Pleno determinó que dichos anexos, al regular situaciones jurídicas concretas y no un número indeterminado de casos, carecen de la generalidad y abstracción necesarias para ser objeto de control constitucional mediante acción de inconstitucionalidad, tratándose de actos materialmente administrativos.
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