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SJF · Tesis

La revisión fiscal procede contra las resoluciones dictadas en ejercicio de facultades de comprobación, cuando la resolución impugnada no sea la que determine el crédito fiscal, sino la que resuelva un recurso administrativo.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1953
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La revisión fiscal procede contra las resoluciones dictadas en ejercicio de facultades de comprobación, cuando la resolución impugnada no sea la que determine el crédito fiscal, sino la que resuelva un recurso administrativo.

Resumen

La Procuraduría Fiscal de la Federación interpuso recurso de revisión contra una resolución del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. El tribunal consideró que la revisión fiscal no procedía porque la resolución impugnada no era la que determinaba el crédito fiscal, sino la que resolvía un recurso administrativo. La Corte determinó que la revisión fiscal sí procede en estos casos, ya que el artículo 104, fracción I, de la Ley de Amparo, al referirse a las resoluciones dictadas en ejercicio de facultades de comprobación, no distingue entre la resolución que determina el crédito fiscal y la que resuelve un recurso administrativo.

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