La notificación de actos administrativos distintos a emplazamientos y resoluciones definitivas, realizada por rotulón, es ilegal si la autoridad no justifica la imposibilidad de utilizar medios de notificación más eficaces y directos.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que la notificación por rotulón de un acuerdo de alegatos, en un procedimiento administrativo sancionador, fue ilegal. La autoridad no demostró por qué no pudo utilizar medios de notificación más directos como correo certificado o personal, privando al actor de su derecho a formular alegatos y transgrediendo su garantía de audiencia. Por ello, se declaró la nulidad de la resolución impugnada para reponer el procedimiento.
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