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86/2009OtroTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La regulación de los requisitos para el funcionamiento de guarderías debe ser detallada y específica para garantizar la seguridad, salud e integridad de los menores, especialmente aquellos con discapacidad, previendo el interés superior del niño y evitando distinciones arbitrarias.

Expediente
86/2009
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
13 jul 2015
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La regulación de los requisitos para el funcionamiento de guarderías debe ser detallada y específica para garantizar la seguridad, salud e integridad de los menores, especialmente aquellos con discapacidad, previendo el interés superior del niño y evitando distinciones arbitrarias.

Resumen

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió acción de inconstitucionalidad contra diversos artículos de la Ley de Salud Pública del Estado de Baja California, argumentando que la regulación de los centros de desarrollo infantil y estancias infantiles familiares era insuficiente y violaba los derechos de los niños a la vida, salud e integridad. Se alegó falta de certeza jurídica en materia de seguridad, omisión en la regulación del personal y cupo, y discriminación hacia menores con discapacidad. Las autoridades estatales defendieron la constitucionalidad de las normas, argumentando que se cumplían los requisitos mínimos y que la regulación se complementaba con otras normativas y normas oficiales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.