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319/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La declaratoria de inexistencia de un conflicto competencial es impugnable a través del recurso de reclamación, siempre que se cumplan los plazos y formalidades legales.

Expediente
319/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
6 ago 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La declaratoria de inexistencia de un conflicto competencial es impugnable a través del recurso de reclamación, siempre que se cumplan los plazos y formalidades legales.

Resumen

El presente recurso de reclamación se interpuso contra un auto que declaró inexistente un conflicto competencial. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó ser competente para conocer del asunto, al no requerir la intervención del Pleno. Se analizó la procedencia del recurso y el cumplimiento del plazo de tres días para su interposición, el cual se consideró satisfecho. Se invocaron diversos artículos de la Ley de Amparo y de la Ley Federal del Trabajo, así como preceptos constitucionales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.