El recurso de revisión fiscal es optativo para el particular, quien puede elegir entre interponerlo o promover el juicio de amparo por violaciones constitucionales, sin que su no interposición impida el acceso a la instancia constitucional.
El presente criterio establece que el recurso de revisión fiscal no debe considerarse un recurso ordinario cuya falta de agotamiento impida la procedencia del amparo. Se argumenta que sostener lo contrario limitaría el derecho de los particulares a la protección constitucional, ya que si se les obligara a interponer la revisión fiscal, se les privaría de la posibilidad de acudir al juicio de amparo una vez resuelto dicho recurso. Por lo tanto, el recurso de revisión fiscal se considera optativo, permitiendo al particular elegir entre esta vía o el juicio de amparo.
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