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605/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El interés excepcional de un asunto, para efectos de la procedencia del recurso de reclamación, puede estimarse cuando la parte quejosa inició un arbitraje de inversiones contra el Estado Mexicano por considerar que el laudo reclamado en el juicio de amparo vulnera disposiciones de un tratado internacional, como el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, en tanto la condena impuesta se traduce en una expropiación indirecta y revela un trato inequitativo entre inversores nacionales y extranjeros.

Expediente
605/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
22 nov 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El interés excepcional de un asunto, para efectos de la procedencia del recurso de reclamación, puede estimarse cuando la parte quejosa inició un arbitraje de inversiones contra el Estado Mexicano por considerar que el laudo reclamado en el juicio de amparo vulnera disposiciones de un tratado internacional, como el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, en tanto la condena impuesta se traduce en una expropiación indirecta y revela un trato inequitativo entre inversores nacionales y extranjeros.

Resumen

El asunto reviste un interés excepcional para la procedencia del recurso de reclamación, ya que la parte quejosa inició un arbitraje de inversiones contra el Estado Mexicano. La quejosa considera que el laudo reclamado en el juicio de amparo vulnera disposiciones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, específicamente en cuanto a trato nacional, trato de nación más favorecida, nivel mínimo de trato y expropiación. La condena impuesta se traduce en una expropiación indirecta y revela un trato inequitativo entre inversores nacionales y extranjeros.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.