El proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, publicado el 9 de diciembre de 2013 y su reforma del 18 de noviembre de 2015, es inconstitucional en cuanto a que la omisión de la parte quejosa de ejercer su derecho de prueba en el procedimiento de revisión electrónica no puede dar lugar a exigir el pago de la preliquidación mediante el procedimiento administrativo de ejecución.
El Juzgado de Distrito sobreseyó el juicio respecto de la aplicación de diversas disposiciones fiscales y la expedición de resoluciones misceláneas, pero negó el amparo contra la mayoría de los artículos del Código Fiscal de la Federación y reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal. Sin embargo, concedió el amparo respecto al proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, estableciendo que la omisión de la quejosa de ofrecer pruebas en la revisión electrónica no justifica el cobro de la preliquidación por vía de ejecución.
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