Las órdenes de visita domiciliaria, si bien difieren en objeto y autoridad expedidora de las de cateo, deben sujetarse a las formalidades constitucionales prescritas para estas últimas.
El presente extracto distingue entre las órdenes de cateo y las de visita domiciliaria, señalando que mientras el cateo busca aprehender personas u objetos, la visita domiciliaria tiene por objeto verificar el cumplimiento de reglamentos y la exhibición de documentos fiscales. A pesar de sus diferencias, la Constitución exige que las órdenes de visita domiciliaria cumplan con las formalidades establecidas para las órdenes de cateo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.