Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito· tema sin holding extraído
Existe un defecto en el cumplimiento a la ejecutoria de amparo, pues en el auto impugnado, la Jueza de Distrito soslayó que la Junta responsable no realizó todas las acciones a su alcance para perfeccionar las pruebas admitidas al demandado incidentista [quejoso] en el incidente de sustitución patronal, con lo cual, los efectos de la ejecutoria de amparo no fueron cumplidos en su totalidad.
Expediente
2/2025
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito
Ponente
José Francisco Aguilar Ballesteros
Fecha
18 jun 2025
Materia
laboral
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Existe un defecto en el cumplimiento a la ejecutoria de amparo, pues en el auto impugnado, la Jueza de Distrito soslayó que la Junta responsable no realizó todas las acciones a su alcance para perfeccionar las pruebas admitidas al demandado incidentista [quejoso] en el incidente de sustitución patronal, con lo cual, los efectos de la ejecutoria de amparo no fueron cumplidos en su totalidad.
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