La potestad de aumentar la pena correspondiente al delito más grave con la de los restantes, prevista en el artículo 64 del Código Penal Federal, está condicionada a la obligación de fundar y motivar esa decisión.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza una contradicción de tesis entre Tribunales Colegiados respecto a la aplicación del artículo 64 del Código Penal Federal, que regula el concurso real de delitos. El punto central es determinar si la facultad de aumentar la pena del delito más grave con la de los demás requiere que la autoridad judicial funde y motive debidamente dicha decisión. La Corte resolverá si esta potestad está condicionada a una justificación expresa y detallada.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.