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SJF · Ejecutoria

El principio de presunción de inocencia, en su vertiente de regla probatoria, es inaplicable en el procedimiento de responsabilidades resarcitorias, pues este último tiene como finalidad primordial la reparación del daño patrimonial causado a la hacienda pública, a diferencia del procedimiento administrativo sancionador que busca castigar al infractor.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
3 nov 2020
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El principio de presunción de inocencia, en su vertiente de regla probatoria, es inaplicable en el procedimiento de responsabilidades resarcitorias, pues este último tiene como finalidad primordial la reparación del daño patrimonial causado a la hacienda pública, a diferencia del procedimiento administrativo sancionador que busca castigar al infractor.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis sobre la aplicabilidad del principio de presunción de inocencia en procedimientos de responsabilidad resarcitoria. Determinó que dicho principio, en su vertiente de carga probatoria, no es aplicable en estos procedimientos, ya que su objetivo es la reparación del daño patrimonial y no el castigo de una infracción. Por lo tanto, la carga de probar los hechos recae en la parte actora.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.