InvestigaciónDocumento
En línea
1784/23-12-01-9OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
TFJA · Primera Sala Regional en Puebla

La fundamentación de la competencia de las autoridades fiscales es un requisito esencial para la validez de los actos de molestia, debiendo citarse con precisión los preceptos legales que otorgan la atribución ejercida, incluyendo la fracción, inciso y subinciso correspondiente.

Expediente
1784/23-12-01-9
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
10 mar 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La fundamentación de la competencia de las autoridades fiscales es un requisito esencial para la validez de los actos de molestia, debiendo citarse con precisión los preceptos legales que otorgan la atribución ejercida, incluyendo la fracción, inciso y subinciso correspondiente.

Resumen

La Primera Sala Regional en Puebla del Tribunal Federal de Justicia Administrativa analizó la legalidad de una resolución que determinó un crédito fiscal. La parte actora impugnó la resolución argumentando, entre otras cosas, la incompetencia de la autoridad emisora. El Tribunal determinó que las autoridades fiscales sí fundaron debidamente su competencia, citando los artículos y reglamentos aplicables que les otorgan facultades para emitir la orden de visita domiciliaria y la resolución determinante del crédito fiscal, tanto por materia como por territorio. Sin embargo, se consideró parcialmente fundado el argumento sobre la notificación de la orden de visita domiciliaria, al resultar ilegible el citatorio, lo que impedía verificar si se dejó con persona idónea.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.