InvestigaciónDocumento
En línea
OtroTCCTesis aislada✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Tesis

La procedencia del recurso de revisión fiscal interpuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se rige por una regla especial, distinta a las generales, que limita su interposición a casos de importancia para el interés fiscal de la Federación, determinados por la interpretación de leyes o reglamentos, el alcance de elementos constitutivos de contribuciones, o la infracción de formalidades esenciales del procedimiento.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 feb 1992
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La procedencia del recurso de revisión fiscal interpuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se rige por una regla especial, distinta a las generales, que limita su interposición a casos de importancia para el interés fiscal de la Federación, determinados por la interpretación de leyes o reglamentos, el alcance de elementos constitutivos de contribuciones, o la infracción de formalidades esenciales del procedimiento.

Resumen

El presente criterio establece que las reglas generales sobre la procedencia del recurso de revisión fiscal no aplican a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En su lugar, rige una regla especial que permite la interposición del recurso cuando la resolución o sentencia afecte el interés fiscal de la Federación y, a juicio de la Secretaría, el asunto tenga importancia. Dicha importancia se limita a tres supuestos específicos: interpretación de leyes o reglamentos, fijación del alcance de elementos constitutivos de una contribución, o infracción de formalidades esenciales del procedimiento.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.