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1791/2021ConcedeJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla· tema sin holding extraído

El acto reclamado es la resolución que determinó reducir la multa impuesta al quejoso, en términos del artículo 70-A del Código Fiscal de la Federación. Sin embargo, la parte quejosa se duele de que la autoridad responsable aplicó la tasa de recargos por prórroga sólo por lo que hace al periodo comprendido desde la fecha en que se solicitó la aplicación de dicha tasa a la diversa en que se resolvió la solicitud. Se concede el amparo solicitado, en tanto que las normas relativas no establecen ese plazo restringido, sino que la indicada tasa debe aplicarse por cuanto hace al saldo insoluto, en términos del artículo 8, fracción I, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veintiuno.

Expediente
1791/2021
Tribunal
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla
Ponente
Rolando Hernández Hernández
Fecha
4 ene 2022
Materia
administrativa
Sentido
concede

Tema · autorreporte del tribunal

El acto reclamado es la resolución que determinó reducir la multa impuesta al quejoso, en términos del artículo 70-A del Código Fiscal de la Federación. Sin embargo, la parte quejosa se duele de que la autoridad responsable aplicó la tasa de recargos por prórroga sólo por lo que hace al periodo comprendido desde la fecha en que se solicitó la aplicación de dicha tasa a la diversa en que se resolvió la solicitud. Se concede el amparo solicitado, en tanto que las normas relativas no establecen ese plazo restringido, sino que la indicada tasa debe aplicarse por cuanto hace al saldo insoluto, en términos del artículo 8, fracción I, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veintiuno.

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