Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito· tema sin holding extraído
La materia del presente recurso de queja corresponde al auto mediante el cual, la jueza federal, concedió la suspensión provisional de los actos reclamados a la parte quejosa y fijó garantía de manera discrecional.
Se admite el recurso y se declara sin materia.
Ello obedece a que se tiene como hecho notorio, que el diecinueve de mayo de dos mil veintiséis, se celebró la audiencia incidental y acto seguido se dictó la interlocutoria en la que se decidió sobre la suspensión definitiva de los actos reclamados.
En esas condiciones, la resolución que se pronunció en forma provisional sobre la medida suspensional, dejó de surtir efectos al haber sido substituida por la que resolvió en forma definitiva sobre dicha medida cautelar.
Expediente
306/2026
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
Ponente
Karla Marisol Ruiz Bonilla
Fecha
20 may 2026
Materia
civil
Sentido
sobresee
Tema · autorreporte del tribunal
La materia del presente recurso de queja corresponde al auto mediante el cual, la jueza federal, concedió la suspensión provisional de los actos reclamados a la parte quejosa y fijó garantía de manera discrecional.
Se admite el recurso y se declara sin materia.
Ello obedece a que se tiene como hecho notorio, que el diecinueve de mayo de dos mil veintiséis, se celebró la audiencia incidental y acto seguido se dictó la interlocutoria en la que se decidió sobre la suspensión definitiva de los actos reclamados.
En esas condiciones, la resolución que se pronunció en forma provisional sobre la medida suspensional, dejó de surtir efectos al haber sido substituida por la que resolvió en forma definitiva sobre dicha medida cautelar.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.