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SJF · Tesis

La garantía del interés fiscal en el juicio de amparo debe acreditarse con prueba independiente de la exhibida en el incidente de suspensión, cuando se impugna el procedimiento de ejecución de una multa.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1942
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La garantía del interés fiscal en el juicio de amparo debe acreditarse con prueba independiente de la exhibida en el incidente de suspensión, cuando se impugna el procedimiento de ejecución de una multa.

Resumen

El presente criterio establece que, en el juicio de amparo, si se reclama la ejecución de una multa, el quejoso tiene la carga de probar que garantizó el interés fiscal. Dicha prueba debe ser autónoma y distinta a la que se haya presentado en el incidente de suspensión, pues es un requisito para la procedencia del amparo contra actos de ejecución.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.