La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que la facultad de las autoridades hacendarias para emitir una nueva orden de visita domiciliaria o de revisión de gabinete sobre los mismos hechos, contribuciones y periodos, cuando la orden previa fue declarada nula por vicios formales, no está limitada a la comprobación de hechos diferentes.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia de emitir una nueva orden de visita o revisión de gabinete cuando la anterior fue declarada nula. Se distingue entre la nulidad por vicios formales y la nulidad por incompetencia material. En el caso de vicios formales, la autoridad puede emitir una nueva orden sin necesidad de comprobar hechos diferentes, a diferencia de cuando la nulidad se debe a cuestiones de competencia material.
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