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6/2023-EFOtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La indemnización por mora, consistente en la actualización e intereses, es aplicable a todo tipo de fianzas, salvo aquellas que garanticen créditos fiscales, en cuyo caso prevalecerá lo dispuesto por el Código Fiscal de la Federación.

Expediente
6/2023-EF
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
30 abr 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La indemnización por mora, consistente en la actualización e intereses, es aplicable a todo tipo de fianzas, salvo aquellas que garanticen créditos fiscales, en cuyo caso prevalecerá lo dispuesto por el Código Fiscal de la Federación.

Resumen

El presente fallo analiza la aplicabilidad de la indemnización por mora en fianzas. Se establece que esta indemnización, que incluye actualización e intereses, se aplica a todas las fianzas, con la excepción de aquellas destinadas a garantizar créditos fiscales. En estos casos, la normativa aplicable será la contenida en el Código Fiscal de la Federación, prevaleciendo sobre las disposiciones generales de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.