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PLENO

El principio de tipicidad en el derecho administrativo sancionador exige que las leyes establezcan con claridad las conductas que serán sancionadas, así como las sanciones aplicables, sin remitir a otras normas de manera imprecisa o que no guarden relación con la materia sancionatoria.

Expediente
1/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
2 oct 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El principio de tipicidad en el derecho administrativo sancionador exige que las leyes establezcan con claridad las conductas que serán sancionadas, así como las sanciones aplicables, sin remitir a otras normas de manera imprecisa o que no guarden relación con la materia sancionatoria.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la acción de inconstitucionalidad 4/2006, declaró la invalidez del artículo 12 de la Ley de Ingresos para el Municipio de Ocozocoautla, Chiapas, para el ejercicio fiscal de dos mil seis. La invalidez se fundamentó en la violación al principio de tipicidad consagrado en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al no precisar la infracción que se sancionaría ni la sanción correspondiente, remitiendo de forma imprecisa a otra ley que no guardaba relación con el tema.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.