Los sobreseimientos no impugnados en un juicio de amparo quedan firmes, y el recurso de revisión interpuesto por una autoridad se desecha si el sobreseimiento en el juicio de origen no le irroga perjuicio alguno.
El tribunal desecha el recurso de revisión interpuesto por el Jefe del Servicio de Administración Tributaria al considerar que el sobreseimiento en el juicio de origen no le causa perjuicio. En cuanto al recurso del Presidente de la República, se declara fundado al advertir un incorrecto análisis del artículo 25, fracción VI, incisos A) y B), de la Ley de Ingresos de la Federación, en contravención a la jurisprudencia 2a./J. 7/2020 (10a.). Los conceptos de violación restantes de la quejosa resultaron inoperantes e infundados.
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