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829/2019TCC10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito

La compensación universal de deudas fiscales es improcedente cuando la ley de ingresos de la federación la restringe o prohíbe expresamente para el ejercicio fiscal correspondiente.

Expediente
829/2019
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito
Ponente
Julio Jesus Ponce Gamiño
Fecha
20 ago 2020
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La compensación universal de deudas fiscales es improcedente cuando la ley de ingresos de la federación la restringe o prohíbe expresamente para el ejercicio fiscal correspondiente.

Resumen

El tribunal confirma la sentencia que negó el amparo a un contribuyente que buscaba aplicar la compensación universal de deudas fiscales. Se determinó que, al existir una disposición expresa en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019 que limitaba dicha compensación, la autoridad fiscal actuó correctamente al negarla. Por lo tanto, la revisión adhesiva promovida por la autoridad se declaró sin materia.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.