La nulidad lisa y llana de una resolución que impone multas procede cuando la autoridad ignora las manifestaciones del particular relativas a su intención de comparecer vía telefónica a una audiencia, y niega dicha posibilidad sin fundar ni motivar adecuadamente su negativa.
La Novena Sala Regional Metropolitana del TFJA declaró la nulidad lisa y llana de una resolución de la PROFECO que impuso multas a un particular. La Sala determinó que la autoridad fue omisa en valorar las manifestaciones del actor, quien solicitó comparecer vía telefónica a una audiencia de conciliación. Al no considerar esta solicitud y negar la posibilidad de comparecencia telefónica sin la debida fundamentación y motivación, la resolución resultó ilegal e indebidamente motivada, procediendo así a su nulidad.
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