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84/2021NiegaTCCNiega · revoca acto11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La improcedencia del recurso de revisión fiscal debe declararse cuando la parte recurrente no justifica la importancia y trascendencia del asunto, aun cuando se actualice la hipótesis de procedencia relativa a la determinación de sujetos obligados en materia de aportaciones de seguridad social.

Expediente
84/2021
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
20 mar 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La improcedencia del recurso de revisión fiscal debe declararse cuando la parte recurrente no justifica la importancia y trascendencia del asunto, aun cuando se actualice la hipótesis de procedencia relativa a la determinación de sujetos obligados en materia de aportaciones de seguridad social.

Resumen

El Tribunal Colegiado determinó que el recurso de revisión fiscal es improcedente porque el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no justificó la importancia y trascendencia del asunto, a pesar de que la controversia versaba sobre la baja de un trabajador del régimen obligatorio, lo cual podría actualizar la procedencia del recurso en materia de determinación de sujetos obligados. Se enfatiza que la mera actualización de una hipótesis de procedencia no es suficiente, sino que debe acompañarse de una argumentación sólida sobre la excepcionalidad y las graves consecuencias del caso, lo cual no ocurrió en este supuesto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.