La nulidad lisa y llana de un acto administrativo es procedente cuando la autoridad emisora no funda debidamente su competencia, lo que genera indefensión al particular.
La Sala Regional determinó la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada y de la negativa ficta, al advertir que la autoridad fiscalizadora no fundó adecuadamente su competencia para emitir la solicitud de información y documentación que originó la revisión de gabinete. Esta falta de fundamentación, según la jurisprudencia aplicable, genera inseguridad jurídica y deja en estado de indefensión al contribuyente, actualizando la causal de ilegalidad prevista en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
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