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73/26-25-01-1NiegaTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en San Luis Potosí

La aplicación del principio de tipicidad en el derecho administrativo sancionador exige que la conducta infractora del particular encuadre exactamente en la hipótesis normativa previamente establecida, sin que sea lícito ampliarla por analogía o mayoría de razón.

Expediente
73/26-25-01-1
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
13 abr 2026
Materia
fiscal
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La aplicación del principio de tipicidad en el derecho administrativo sancionador exige que la conducta infractora del particular encuadre exactamente en la hipótesis normativa previamente establecida, sin que sea lícito ampliarla por analogía o mayoría de razón.

Resumen

La Sala Regional determinó que la multa impuesta al actor por no presentar la declaración de ISR de manera electrónica es legal. Se analizó el principio de tipicidad, concluyendo que la conducta del actor sí encuadra en las hipótesis normativas de los artículos 81, fracción I, y 82, fracción I, inciso d) del Código Fiscal de la Federación. Asimismo, se determinó que el actor no cumplió espontáneamente con su obligación fiscal, ya que presentó la declaración después de ser notificado de la resolución impugnada, actualizando la excepción prevista en el artículo 73, fracción II, del Código Fiscal de la Federación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.