La descarga de armas de fuego, si bien no es ilícita en sí, constituye una infracción administrativa que puede devenir en delito culposo si se produce un daño previsible por imprudencia o falta de cuidado.
El presente fallo analiza la naturaleza jurídica de la descarga de armas de fuego. Se establece que, aunque la acción en sí misma no es ilícita, su realización contraviene reglamentos de policía y buen gobierno, configurando una infracción administrativa. Esta infracción puede escalar a delito culposo si, como consecuencia de la imprudencia o falta de cuidado del agente, se produce un daño previsible a terceros.
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