Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro· tema sin holding extraído
Quejoso no tiene derecho a recibir parte del pago por indemnización y restitución a ejido, ya que si bien es ejidatario, con antelación a esos pagos, renunció a derechos de copropiedad sobre parcelas y obtuvo dominio pleno individual respecto de otra, por lo que ya no tiene derechos vigentes.
Expediente
91/2017
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro
Ponente
Jorge Mario Montellano Díaz
Fecha
25 may 2017
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Quejoso no tiene derecho a recibir parte del pago por indemnización y restitución a ejido, ya que si bien es ejidatario, con antelación a esos pagos, renunció a derechos de copropiedad sobre parcelas y obtuvo dominio pleno individual respecto de otra, por lo que ya no tiene derechos vigentes.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.