La omisión en la entrega de participaciones federales a los municipios genera la obligación de pagar intereses moratorios, pues el principio de integridad de sus recursos económicos garantiza su percepción en valor real.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Municipio de San Juan Evangelista, Veracruz, en contra del Poder Ejecutivo estatal por la omisión en la entrega de recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FISMDF) correspondientes a los meses de agosto, septiembre y octubre de 2016. La Sala determinó que dicha omisión es infundada y ordenó al Poder Ejecutivo el pago de las cantidades adeudadas, así como los intereses moratorios generados por el retraso, en virtud de que la integridad de los recursos económicos municipales garantiza su percepción en valor real.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.