La sentencia que condena a los inculpados a entregar al ofendido el predio materia del delito de despojo, no es constitutiva de una adjudicación judicial, sino de la restitución de la posesión del inmueble que los propios acusados obtuvieron por medio del delito, siendo la finalidad de esa condena restaurar al ofendido en sus derechos, volviendo las cosas al estado que tenían antes de la infracción penal.
La presente tesis se refiere a la reparación del daño en el delito de despojo. Se establece que la condena a los inculpados de entregar al ofendido el predio materia del delito no constituye una adjudicación judicial, sino la restitución de la posesión. El objetivo de esta condena es restaurar al ofendido en sus derechos, devolviendo la situación al estado previo a la comisión del delito.
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