El juicio contencioso administrativo federal en la vía sumaria procede contra resoluciones que, además de imponer una multa, aperciben al infractor sobre la reincidencia, pues dicho apercibimiento no constituye una carga u obligación adicional que complique la litis, sino una advertencia cuyas consecuencias derivan de la legislación aplicable.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis para determinar si el juicio contencioso administrativo federal en la vía sumaria procede cuando, además de una multa, se emite un apercibimiento de reincidencia. Un Tribunal Colegiado consideró que sí procede, argumentando que el apercibimiento no añade una carga adicional que complique el litigio. Otro Tribunal Colegiado sostuvo lo contrario, al considerar que el apercibimiento es una sanción distinta a la pecuniaria, haciendo improcedente la vía sumaria. La Sala determinó que el apercibimiento no es una carga adicional, sino una advertencia cuyas consecuencias se derivan de la ley, por lo que la vía sumaria es procedente.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.