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SJF · Ejecutoria

La tramitación de un juicio laboral en la vía incorrecta constituye una violación procesal que afecta las defensas del quejoso y trasciende al resultado del fallo, por lo que amerita la reposición del procedimiento, sin perjuicio de que, en casos donde no proceda la suplencia de la queja, el quejoso deba expresar en los conceptos de violación la forma en que dicha violación procesal le perjudicó.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
13 oct 2020
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La tramitación de un juicio laboral en la vía incorrecta constituye una violación procesal que afecta las defensas del quejoso y trasciende al resultado del fallo, por lo que amerita la reposición del procedimiento, sin perjuicio de que, en casos donde no proceda la suplencia de la queja, el quejoso deba expresar en los conceptos de violación la forma en que dicha violación procesal le perjudicó.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis sobre si el estudio de la vía correcta en un juicio laboral es de oficio por el Tribunal Colegiado, aun sin conceptos de violación que detallen la trascendencia del error. Se determinó que, si bien la tramitación en vía incorrecta es una violación procesal que afecta las defensas y trasciende al fallo, en casos donde rige el principio de estricto derecho, el quejoso debe señalar cómo le perjudicó, conforme al artículo 174 de la Ley de Amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.