Las órdenes de visita domiciliaria constituyen actos de molestia que afectan la esfera jurídica del gobernado, aun cuando no sean actos definitivos.
Las órdenes de visita domiciliaria son actos de molestia que afectan la esfera jurídica del gobernado, independientemente de que no constituyan actos definitivos. El simple hecho de que se practique una visita para determinar el cumplimiento de obligaciones presupone una afectación para el sujeto visitado.
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