La omisión de una Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de hacer cumplir sus propias sentencias, actualiza la procedencia del juicio de amparo indirecto, pues dicha Sala adquiere el carácter de autoridad responsable en términos del artículo 11 de la Ley de Amparo.
El Tribunal Colegiado determinó que la omisión de una Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJA) de hacer cumplir sus propias sentencias constituye un acto reclamable en amparo indirecto. Se enfatiza que el TFJA, en virtud de su autonomía garantizada constitucionalmente, cuenta con procedimientos eficaces y rápidos para la ejecución de sus resoluciones, como los previstos en los artículos 52, 57 y 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. La Sala Fiscal no solo debe dar vista a la contraloría interna para la responsabilidad del funcionario omiso, sino también velar por el cumplimiento de la sentencia y solicitar informes sobre el procedimiento de responsabilidad.
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