La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al conocer de un incidente de inejecución de sentencia, debe analizar si la autoridad responsable ha incurrido en responsabilidad, independientemente de que previamente haya desechado una solicitud de ejercicio de la facultad de atracción.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la competencia para conocer de un incidente de inejecución de sentencia. La parte recurrente argumentó que la Corte no era competente debido al desechamiento previo de una solicitud de ejercicio de la facultad de atracción. Sin embargo, la Corte determinó que el desechamiento de la solicitud de atracción no impedía el análisis de la inejecución, ya que el incidente de inejecución tiene su propio procedimiento y objeto, que es determinar si la autoridad responsable ha cumplido o no con la sentencia de amparo.
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