La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que en un juicio administrativo contra una negativa ficta, si el actor no amplía su demanda para combatir la contestación de la autoridad, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa no debe analizar los alegatos que se refieran a dichas consideraciones.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de criterios sobre la integración de la litis en juicios administrativos contra negativas fictas. Se determinó que la ampliación de la demanda es el momento procesal idóneo para refutar los argumentos de la autoridad en la contestación. Si el actor omite ampliarla, precluye su derecho para introducir nuevos argumentos, y por ende, los alegatos que combatan dichas consideraciones no deben ser estudiados en la sentencia, ya que no pueden ampliar la litis fijada.
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