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637/2026NiegaJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos

La inexistencia del acto reclamado, manifestada por las autoridades responsables en su informe previo, obliga al Juez de Distrito a negar la suspensión definitiva, salvo que el quejoso desvirtúe dicha negativa con pruebas idóneas.

Expediente
637/2026
Tribunal
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Morelos
Ponente
Moisés Arturo Ruíz Flores
Fecha
21 may 2026
Materia
penal
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La inexistencia del acto reclamado, manifestada por las autoridades responsables en su informe previo, obliga al Juez de Distrito a negar la suspensión definitiva, salvo que el quejoso desvirtúe dicha negativa con pruebas idóneas.

Resumen

El Juzgado de Distrito resolvió el incidente de suspensión negando la suspensión definitiva solicitada por el quejoso. Las autoridades responsables, en sus informes previos, negaron categóricamente la existencia del acto reclamado (orden de cateo). Ante la negativa lisa y llana de las autoridades, correspondía al quejoso desvirtuarla con pruebas, lo cual no ocurrió. Por lo tanto, al no existir acto sobre el cual recaer, se negó la suspensión definitiva.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.