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41/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La competencia exclusiva del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer de las contradicciones de criterios entre sus Salas, incluso si resultan improcedentes, inexistentes o sin materia, tiene como finalidad garantizar la unidad interpretativa del Máximo Tribunal del país.

Expediente
41/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
24 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La competencia exclusiva del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer de las contradicciones de criterios entre sus Salas, incluso si resultan improcedentes, inexistentes o sin materia, tiene como finalidad garantizar la unidad interpretativa del Máximo Tribunal del país.

Resumen

El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de criterios entre la Primera y Segunda Salas. La denuncia provino de la Auditoría Superior de la Federación. El Pleno determinó que tiene competencia exclusiva para resolver estas contradicciones, independientemente de su procedencia, para asegurar la uniformidad en la interpretación de la ley por parte de las Salas de la Corte. Se publicará la tesis de jurisprudencia resultante.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.