Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito· tema sin holding extraído
Se estiman infundados los conceptos de violación, pues de los estatutos sociales se desprende que la presidenta del consejo directivo contaba con facultades generales de representación —incluyendo actos de administración— sin exigirse autorización previa del órgano colegiado para celebrar contratos; por ello, el comodato sí contiene consentimiento válido y no puede desconocerse frente a terceros.
Expediente
197/2024
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito
Ponente
Claudia Verónica Martínez Baca
Fecha
18 may 2026
Materia
civil
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se estiman infundados los conceptos de violación, pues de los estatutos sociales se desprende que la presidenta del consejo directivo contaba con facultades generales de representación —incluyendo actos de administración— sin exigirse autorización previa del órgano colegiado para celebrar contratos; por ello, el comodato sí contiene consentimiento válido y no puede desconocerse frente a terceros.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.