La notificación de actos administrativos que determinan créditos fiscales es ilegal cuando la autoridad no da a conocer al contribuyente las constancias de notificación, impidiendo la ampliación del recurso administrativo y vulnerando el derecho de defensa.
El Tribunal determinó que la notificación de créditos fiscales fue ilegal porque la autoridad no proporcionó al contribuyente las constancias de notificación, lo cual le impidió ejercer su derecho a ampliar el recurso de inconformidad. Al no cumplir con el artículo 12 del Reglamento del Recurso de Inconformidad, la autoridad violó el derecho de defensa del contribuyente. Adicionalmente, se consideró que las cédulas de liquidación carecían de firma autógrafa, lo que también genera su nulidad.
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