InvestigaciónDocumento
En línea
139/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Sexto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito

El esquema progresivo del artículo 168 de la Ley del Seguro Social no vulnera la proporcionalidad tributaria ni el principio de igualdad, al tratarse de sistemas autónomos y no homogéneos dentro del margen de configuración legislativa en materia de seguridad social.

Expediente
139/2025
Tribunal
Sexto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Ponente
Patricia Agüero Martínez
Fecha
5 mar 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El esquema progresivo del artículo 168 de la Ley del Seguro Social no vulnera la proporcionalidad tributaria ni el principio de igualdad, al tratarse de sistemas autónomos y no homogéneos dentro del margen de configuración legislativa en materia de seguridad social.

Resumen

El presente asunto resuelve sobre la constitucionalidad del esquema progresivo del artículo 168 de la Ley del Seguro Social. El tribunal determinó que dicho esquema no viola la proporcionalidad tributaria, incluso con los saltos de rango, basándose en la doctrina vigente de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Asimismo, se concluyó que la comparación con el régimen del ISSSTE no acredita una violación al principio de igualdad, dado que ambos sistemas son autónomos y no homogéneos, lo cual se encuentra dentro de la facultad de configuración legislativa en materia de seguridad social. Por lo anterior, se confirmó la sentencia recurrida y se declararon sin materia las revisiones adhesivas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.