La multa prevista en el Código Fiscal de la Federación para sancionar la presentación extemporánea de declaraciones fiscales electrónicas es acorde con el principio de proporcionalidad, al fijar parámetros que permiten a la autoridad fiscal individualizar la sanción.
El presente caso analiza la constitucionalidad de la multa impuesta por la presentación extemporánea de declaraciones fiscales electrónicas, la cual fue impugnada por considerarse excesiva y violatoria del principio de proporcionalidad. La Suprema Corte determinó que la multa es proporcional, ya que el Código Fiscal de la Federación establece un sistema flexible con mínimos y máximos que permiten a la autoridad fiscal individualizar la sanción de acuerdo a las circunstancias de cada caso, respetando así el artículo 22 Constitucional.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.