InvestigaciónDocumento
En línea
540/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SEGUNDA SALA

El incumplimiento de una sentencia de amparo, aun cuando sea justificado, debe ser subsanado dentro de un plazo razonable otorgado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual puede ser ampliado a solicitud de la autoridad responsable.

Expediente
540/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
12 jun 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El incumplimiento de una sentencia de amparo, aun cuando sea justificado, debe ser subsanado dentro de un plazo razonable otorgado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual puede ser ampliado a solicitud de la autoridad responsable.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la afectación presupuestal que implica el pago de pensiones por jubilación decretadas por el Poder Legislativo, las cuales deben ser cubiertas por el Poder Judicial estatal. Se determina que el incumplimiento de una sentencia de amparo, incluso si es justificado, requiere un plazo razonable para su cumplimiento, el cual puede ser ampliado. De no cumplirse en dicho plazo, se procederá a la separación del cargo de la autoridad responsable y su consignación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.