La concesión unilateral de pensiones por parte de un Congreso local con cargo al presupuesto de otro poder, sin la transferencia de recursos suficientes, vulnera la autonomía de gestión presupuestal y el principio de división de poderes.
El Poder Judicial del Estado de Morelos promovió controversia constitucional contra el Congreso local por otorgar una pensión por cesantía en edad avanzada a un trabajador de dicho poder, con cargo a su presupuesto, sin transferir los recursos necesarios. La Suprema Corte determinó que esta acción constituye una intromisión indebida y una vulneración grave a la autonomía del Poder Judicial, declarando la invalidez parcial del decreto impugnado en la porción que obliga al Poder Judicial a cubrir la pensión con su presupuesto sin la debida suficiencia de recursos.
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