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155/2017ConcedeTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El interés jurídico para intervenir en procedimientos de supervisión y verificación de obligaciones impuestas a un agente económico preponderante, surge del derecho subjetivo de un concesionario para exigir el cumplimiento de convenios de desagregación de la red local, una vez celebrados.

Expediente
155/2017
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
15 jul 2019
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El interés jurídico para intervenir en procedimientos de supervisión y verificación de obligaciones impuestas a un agente económico preponderante, surge del derecho subjetivo de un concesionario para exigir el cumplimiento de convenios de desagregación de la red local, una vez celebrados.

Resumen

El Tribunal Colegiado determinó que la negativa del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de dar intervención a México Red de Telecomunicaciones (METRORED) en un procedimiento de supervisión y verificación, vulnera sus derechos de legalidad y debido proceso. Esto se debe a que METRORED, al haber celebrado un convenio de desagregación con el agente económico preponderante (AEP), ostenta un interés jurídico particular y concreto para exigir el cumplimiento de las obligaciones pactadas, como la actualización de información sobre módems y ONT's. La Jueza de Distrito debió haber reconocido este interés y permitido la participación de METRORED en el procedimiento, ya que la negativa le impide contradecir pruebas y defensas del AEP, privándola de un beneficio ya incorporado a su esfera jurídica.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.