La determinación del valor en aduana de las mercancías, al aplicar el método de valoración de mercancías similares con mayor flexibilidad, requiere que la autoridad aduanera motive debidamente la elección de dicho método, detallando las características, composición, calidad, prestigio comercial y existencia de marca de las mercancías comparadas para asegurar su intercambiabilidad comercial.
La Primera Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior del TFJA analizó la legalidad de la determinación del valor en aduana de mercancías. La actora argumentó que la autoridad omitió motivar adecuadamente la aplicación del método de valoración de mercancías similares, al no detallar aspectos como la calidad, prestigio comercial y marca de las mercancías comparadas. El Tribunal determinó que, si bien la autoridad citó los artículos aplicables, la falta de especificación sobre estos factores impidió a la actora ejercer su defensa y generó incertidumbre jurídica, declarando la nulidad de la resolución impugnada por indebida motivación.
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